El reconocimiento del cambio de nombres de las personas por su identidad de género y de los derechos patrimoniales derivados de vínculos de parejas del mismo sexo son objeto de Opinión Consultiva de la Corte IDH
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, por medio de la Opinión Consultiva n. 24, de noviembre del año 2017, se pronunció cuanto a la importancia do reconocimiento de la identidad de género para el pleno goce de los derechos humanos, como del cambio del nombre por la cuestión de género y los que derivan de los vínculos de parejas del mismo sexo. Observó, aún, que no se debe adoptar, una interpretación restricta cuando al concepto de familia, debiendo el Estado proporcionar medios para facilitar el goce de esos derechos.
La solicitud de la opinión fue hecha por la República de Costa Rica, en Mayo del 2016, acerca del entendimiento de la Corte IDH cuanto a cuales contenidos se encontraban cubiertos por la categoría de discriminación de género, más específicamente cuanto a los cambios de nombres de personas por cuestión de identidad de género y los derechos patrimoniales que derivan das relaciones de parejas del mismo sexo, bajo la interpretación de los artículos 11.2 y 24 de la Convención Americana de Derechos del Hombre (CADH). Preguntó el Estado, aún, si su Código Civil debería ser interpretado en el sentido de la CADH.
La Corte, por su vez, reforzó su competencia consultiva como intérprete de los tratados y del Pacto de San José, según el artículo 64.1 de la Convención – algo que hace en muchas de las Opiniones que emite, reforzando su competencia. Analizó cuestiones acerca de la interpretación del derecho a no discriminación y igualdad y de la necesidad de que se haga una interpretación evolutiva de los tratados de derechos humanos, que acompañe las modificaciones sociales.
En la Opinión, se presentaran algunas clasificaciones cuanto a género, intersexualidad, sexo, persona trans, orientación sexual, entre otras – con el cuidado de no utilizar clasificaciones de personas – para discutir la temática. Abordó la Corte las discriminaciones sufridas por distintos grupos al largo de los años, en especial por medio de acciones violentas, y las recientes formas de protección destinadas a esas minorías y refirió, aún, los posicionamientos de otros Tribunales, como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
http://www.corteidh.or.cr/docs/opiniones/seriea_24_esp.pdf